E&B Abogados Asociados Compliance Corporativo · Ley 20.393 y 21.595

Protege a tu empresa de la responsabilidad penal.

Diseñamos e implementamos tu Modelo de Prevención de Delitos conforme a las Leyes 20.393 y 21.595 — un sistema real, no un trámite formal, que protege a la empresa y a su directorio.

20.393
Responsabilidad penal
de la persona jurídica
21.595
Ley de Delitos Económicos
catálogo ampliado · penas mayores
ISO
Estándares 37301 y 31000
gestión de cumplimiento y riesgo
Cuándo necesitas un MPD

Señales de que tu empresa lo necesita.

01

Participas en licitaciones públicas o privadas que exigen un modelo de prevención vigente.

02

Un banco, inversionista o casa matriz te solicita acreditar un programa de cumplimiento.

03

Tu empresa maneja fondos, contratos con el Estado o terceros en sectores expuestos a riesgo penal.

04

Enfrentas o temes una investigación, denuncia o fiscalización que involucre a la empresa.

05

Tienes un modelo antiguo o meramente formal que no resistiría un examen real tras la Ley 21.595.

06

Como director o gerente, quieres limitar tu exposición personal ante eventuales delitos.

Cómo trabajamos

De la exposición al control.

01

Diagnóstico y matriz de riesgo

Levantamos los procesos de tu empresa e identificamos, por área, los riesgos concretos de comisión de delitos de la Ley 20.393 y 21.595. Construimos una matriz de riesgo justificada — probabilidad, impacto y nivel — que es la base de todo el modelo.

02

Diseño del modelo

Elaboramos las políticas, protocolos, código de ética, canal de denuncias y procedimientos de control adaptados a tu realidad operativa — no plantillas genéricas. Definimos la figura y atribuciones del Encargado de Prevención de Delitos.

03

Implementación y capacitación

Acompañamos la puesta en marcha, capacitamos al directorio y a los colaboradores, y dejamos el modelo operando con evidencia documental que acredita su funcionamiento efectivo ante tribunales o terceros.

04

Supervisión y EPD externo

Ofrecemos mantención periódica del modelo y la posibilidad de ejercer como Encargado de Prevención de Delitos externo, garantizando independencia, actualización normativa y respaldo técnico continuo.

Un modelo de prevención no es un documento para el cajón. Es la diferencia entre que tu empresa responda penalmente o quede a resguardo.

Enfoque técnicoModelos construidos sobre norma vigente y estándares ISO, no formularios reciclados.

Experiencia penal realDiseñamos el modelo con la mirada de quienes litigan en sede penal y conocen cómo se examina en tribunales.

Atención directaTrabajas directamente con los socios responsables, sin intermediarios ni derivación a terceros.

Abogado de E&B Abogados Asociados exponiendo en pizarra durante una sesión de trabajo en compliance
Diseño de matrices de riesgo · Oficina en Concepción

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Cuéntanos sobre tu empresa y el contexto. Un socio revisará tu caso y te contactará para coordinar una reunión.

Tus datos son tratados con confidencialidad y solo se usan para contactarte respecto de tu consulta.

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Preguntas frecuentes

Lo que debes saber.

Toda persona jurídica puede ser penalmente responsable bajo la Ley 20.393, ampliada por la Ley 21.595 de Delitos Económicos. Aunque el modelo no es estrictamente obligatorio, su ausencia expone a la empresa y a sus directores a sanciones penales, multas y hasta disolución. Un modelo efectivamente implementado permite eximir o atenuar esa responsabilidad.
El levantamiento y matriz de riesgos por proceso, el diseño de políticas y protocolos, la designación de un Encargado de Prevención de Delitos, canales de denuncia, capacitación al directorio y colaboradores, y un sistema de supervisión y actualización periódica conforme a estándares ISO 37301 e ISO 31000.
Sí. Podemos ejercer el rol de Encargado de Prevención de Delitos externo, una alternativa frecuente para empresas que no cuentan con un área de cumplimiento interna, garantizando independencia y especialización técnica.
La Ley 21.595 de Delitos Económicos amplió drásticamente el catálogo de delitos que generan responsabilidad penal de la empresa, endureció las penas y reforzó la exigencia de modelos de prevención efectivos y no meramente formales. Esto obliga a muchas empresas a revisar o implementar por primera vez su modelo.